Skip to main content

Derecho penal · Delitos de drogas

Abogado de delitos de drogas en Gandía. Defensa desde la detención.

No es lo mismo llevar droga para consumir que para vender, pero la policía no siempre lo distingue bien. La cantidad, cómo está repartida, si llevabas dinero suelto o una báscula: todo eso decide si es una multa administrativa o un delito con años de prisión.

Abogado de delitos de drogas en Gandía
Si te detienen, tienes derecho a no declarar y a hablar con tu abogadoPrimera consulta en Gandía o por videollamadaAtendemos en Gandía, Dénia, Sueca, Alzira, Xàtiva y La SaforTu consulta es confidencial: secreto profesionalSi te detienen, tienes derecho a no declarar y a hablar con tu abogadoPrimera consulta en Gandía o por videollamadaAtendemos en Gandía, Dénia, Sueca, Alzira, Xàtiva y La SaforTu consulta es confidencial: secreto profesional

¿Cuál es tu situación?

Lo urgente depende del momento del procedimiento en que estés.

Me han detenido

No declares sin abogado. Revisamos cómo se hicieron la detención y el registro.

Me han pillado con droga

La cantidad, el tipo de sustancia y si era para consumo propio cambian por completo el caso.

Tengo una sanción administrativa

La tenencia para consumo en la vía pública suele ser una multa, no un delito. Te ayudamos a recurrirla.

¿Te investigan por un delito de drogas?

En MH Abogados, el despacho de Miguel Habichayn Paniagua en Gandía, te defendemos desde el primer momento: estudiamos el caso, te explicamos con claridad qué puede pasar y preparamos la mejor estrategia.

Qué dice la ley

ConductaNormaPena
Tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, drogas sintéticas)Art. 368 CPPrisión de 3 a 6 años y multa del triple del valor de la droga
Tráfico de las demás sustancias (hachís, marihuana)Art. 368 CPPrisión de 1 a 3 años y multa del doble del valor
Tráfico de escasa entidad y circunstancias personales favorablesArt. 368, párrafo 2Pena inferior en grado
Cantidad de notoria importancia o venta en locales públicosArt. 369 CPPena superior
Consumir o tener droga para consumo propio en la calleArt. 36.16 LO 4/2015 (Seguridad Ciudadana)Infracción administrativa: multa de 601 a 30.000 €, no delito

Qué se revisa en la defensa

La cantidad y la pureza real (el análisis del laboratorio), si la droga era para consumo propio o compartido, cómo se hizo el registro (si había orden judicial o consentimiento) y la cadena de custodia.

Relacionado: lo que dice el Código Penal sobre el tráfico de drogas · abogado penalista en Gandía.

Contenido elaborado por el equipo de MH Abogados, despacho dirigido por Miguel Habichayn Paniagua, abogado colegiado n.º 17698 del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.

Qué revisamos contigo.

01

Los hechos

Qué ha pasado y qué se te atribuye.

02

Las pruebas

Atestado, testigos, informes y grabaciones.

03

La estrategia

Defensa, acuerdo o alternativas a la pena.

Prepara tu primera consulta.

No hace falta tenerlo todo para llamarnos. Te diremos qué documentación falta.

Citación o notificación del juzgado

Indica el procedimiento, el juzgado y las fechas.

Atestado o denuncia, si lo tienes

Es el relato de los hechos que se va a discutir.

Pruebas que tengas

Mensajes, fotos, vídeos, tickets o nombres de testigos.

Antecedentes, si los hay

Influyen en la pena y en las alternativas a la prisión.

Tu DNI

Para personarnos en el procedimiento.

Cómo te acompañamos.

01

Escuchamos tu caso

Nos cuentas tu situación con tranquilidad y con total confidencialidad.

02

Valoramos las opciones

Analizamos la documentación y te explicamos qué vías tienes.

03

Acordamos los pasos

Sabrás lo que cuesta y cómo lo tramitamos antes de empezar.

Tus dudas, sobre la mesa.

¿Llevar droga para mí es delito?

No. El autoconsumo es una infracción administrativa si es en la vía pública; en casa, no se sanciona. Lo que se castiga penalmente es el tráfico.

¿Qué cantidad se considera tráfico?

No hay una cifra en la ley. Los tribunales usan como orientación el consumo de unos 5 días; por encima, se presume que es para vender, aunque se puede rebatir.

¿Es delito cultivar marihuana en casa?

Si es para consumo propio y no se ve desde fuera, normalmente no. Si se ve desde la calle es una sanción administrativa, y si es para vender, delito.

¿Y si me registraron el coche sin orden?

Depende del caso: la policía puede registrar un vehículo con indicios, pero si el registro no fue legal, la prueba puede anularse.

Información general orientativa. Cada caso requiere un estudio individual.

Primera consulta

¿Hablamos de tu caso?

Te escuchamos con calma y te explicamos con claridad qué opciones tienes y cuánto cuesta, antes de empezar. En el despacho de Gandía o por videollamada.