TARJETAS REVOLVING 2/2
Recientemente, el Tribunal Supremo calificó de abusivos los intereses pagados por la usuaria de una tarjeta revolving de WiZink, por alcanzar el 27% anual. En su sentencia, el Supremo considera que la referencia del tipo de interés que se aplica en esta categoría de tarjetas tiene que ser el tipo de interés medio de las tarjetas de crédito y revolving, que calcula el Banco de España y que ronda el 20%. Por ello, los magistrados equiparan los intereses que gravan las deudas de las revolving a la usura. Pero, ¿qué son estas tarjetas y por qué generan una deuda que, muchas veces, se transforma en bola de nieve y resulta muy difícil de extinguir? ¿Qué se puede reclamar y cómo hacerlo? Estas son las claves.
¿Qué se puede reclamar, y cómo?
Con esta sentencia, los afectados por tarjetas revolving a los que se les aplicase un interés usurario, siguiendo lo establecido por el Tribunal Supremo, tendrán derecho a reclamar las cantidades abonadas de más hasta la fecha, el primer paso será recopilar la documentación que sirva como prueba, es decir, el contrato firmado con la entidad y los cuadros de amortización de la tarjeta donde se reflejen todos los movimientos generados con el uso de la misma.Con todos esos documentos, el siguiente paso es ponerse en contacto con el banco y solicitar las cantidades que le corresponden.
Una vez interpuesta la reclamación extrajudicial, si el banco no responde o la contestación es negativa, el consumidor puede iniciar la vía judicial. Para ello es conveniente asesorarse con un abogado que calcule con exactitud la cifra a reclamar y evite futuros problemas como los que hubo con la cláusula suelo: hipotecados y consumidores negociaron extrajudicialmente un acuerdo por el que, en gran parte de los casos, recibían menos dinero del que les correspondía (si lo recibían) y, además, firmaban cláusulas que les impedían realizar reclamaciones judiciales posteriores.
¿Cuántos son los usuarios afectados?
Aunque se desconoce el número exacto de afectados por las tarjetas revolving, se calcula que podrían ser decenas de miles. Solo WiZink tiene unas 2.500 demandas en los juzgados y hay otros miles de afectados de esta y otras entidades que aún no lo saben, por lo que no están reclamando. De hecho, no solo las entidades bancarias y financieras han comercializados tarjetas con modalidad revolving, sino también “marcas comerciales o supermercados e incluso, por muy llamativo que parezca, ONG”.
¿Cuánto deberían devolver las entidades a los usuarios?
La cantidad a devolver a cada uno de los afectados dependerá del límite de crédito solicitado y de las cuotas mensuales a devolver, pero, según fuentes “podría muchas veces superar lo inicialmente solicitado por el cliente”. Y, como ejemplo, citan lo ocurrido a uno de sus socios: “Pagó un viaje de 6.000 euros a través de una revolving con unos intereses del 26% y unas cómodas cuotas mensuales de 150 euros, y acabó devolviendo a la entidad 14.000 euros; ahora podría recuperar los 8.000 euros pagados de más”. Lo que estas fuentes afirman ver usualmente en procedimientos similares es que la devolución a los usuarios ronda una media de 5.000 euros, “por lo que podríamos estar hablando de un total de millones de euros, si todo el mundo reclamara”, remachan.
¿Qué criterio han seguido hasta ahora los tribunales?
Hasta ahora, de las 50 Audiencias Provinciales, 31 han resuelto los litigios sobre tarjetas revolving a favor del consumidor y 12 lo han hecho en contra,. No obstante, tras la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, usuarios y empresas que se dedican a las reclamaciones se dicen convencidos de que los jueces no podrán hacer otra cosa que adaptarse a su criterio. En este sentido, se señala que “el Supremo unifica la línea jurisprudencial y por tanto el resto de tribunales la deben seguir en sus sentencias”.
“De nada le ha servido a las entidades financieras la publicación de tipos de interés de tarjetas de crédito y revolving por parte del Banco de España, porque el Supremo considera que la TAE que se aplica a las revolving sigue siendo desproporcionada”, declara la presidenta de Asufin, Patricia Suárez, quien agrega: “No solo es usura, es falta de transparencia, en tanto que la manera de amortizar la deuda es realmente farragosa y no es fácil de comprender para un consumidor medio”.
Sin embargo es lamentable que el Tribunal no haya aclarado de forma unívoca cuál es el porcentaje a partir del cual un interés es usurario. A la vista de esta sentencia, los consumidores deberán reclamar uno a uno sus préstamos para que un juzgado vuelva a determinar la aplicación de intereses usurarios y condiciones abusivas en los créditos destinados a financiar el consumo