Abogado especialista en negligencias médicas y daños en Gandía
El derecho de daños regula la obligación de reparación de daños producidos a una persona ya sea de manera voluntaria o involuntaria. Dentro del derecho de daños se incluyen las negligencias médicas.
El daño causado por acción o por omisión por el personal sanitario y que da como resultado un perjuicio físico, moral o económico se denomina NEGLIGENCIA MÉDICA y su consecuencia es el resarcimiento del mismo por medio de una indemnización que se destina a mitigar sus efectos.


MH Abogados cuenta con un equipo de profesionales multidisciplinario que aborda la reclamación no sólo desde un punto de vista jurídico, porque la complejidad de la materia requiere la visión de diferentes puntos de vista.
Contamos con Peritos médicos que valoraran su daño físico, pero también sus posibles daños psicológicos producto de la mala praxis de personal sanitario (doctores, enfermeros, auxiliares, etc.), tanto si se trata de un daño temporal como si se trata de un daño permanente.
Somos completamente independientes, no trabajamos para ninguna compañía de seguros ni estamos atados por ellas.
Nuestro equipo realiza una valoración inicial de sus circunstancias y decide la viabilidad de la reclamación atendiendo a parámetros objetivos para aumentar al máximo las opciones de que las reclamación sea exitosa.
Para que procedamos al estudio del caso, y para poder valorar de forma adecuada la viabilidad de una reclamación, debe seguir los siguientes pasos importantísimos, siendo aconsejable una reunión previa, que puede ser presencial en nuestro despacho o online, para explicárselo personalmente:
- Redacte el relato de los hechos acontecidos de la manera más exhaustiva posible y fírmelo. Pida a las personas que vivieron los hechos que redacten también un relato de hechos, – y si fuera posible – que eleven ese documento a escritura pública en un Notario. También es recomendable que esto último lo haga usted.
- Pida su historia clínica. a todas las Clínicas, Hospitales, consultas privadas, Centros de Salud, etc. en los que debiera existir alguna historia clínica suya (no sólo donde se ha cometido la negligencia).
- Habida cuenta de la dificultad de prueba en este tipo de asuntos, debido al corporativismo médico, puede ser importante que obtenga grabaciones a médicos que reconozcan verbalmente la negligencia. Esto está permitido por el Tribunal Constitucional, en la S.T.C. 114/1984, de 29 de noviembre, 20 de mayo de 1997 y 1 de marzo de 1996.
- Recopile los partes de incapacidad temporal (baja), que en su caso, existan.
- Obtenga el expediente completo de incapacidad permanente (incluido informe médico de síntesis) que, en su caso, se haya concedido.
- Obtenga certificado y/o factura de medicamentos comprados en una Farmacia, en su caso.
- Obtenga informe médico de su médico de cabecera, psicólogo, psiquiatra, etc., que explique la situación psiquiátrica en la que se encuentra la propia víctima o familiares de ésta.
Una vez que la consiga, debería facilitarnos la historia clínica completa ordenada cronológicamente, el relato subjetivo de los hechos y los documentos que acrediten la solicitud de la historia clínica, así como el resto de documentos indicados.
Abogado especialista en negligencias médicas y daños en Gandía

